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Caso Medea y su sentada: tres fechas cumplidas, 4 partidos a los jugadores más 8 al DT Chazarreta y multa

Salió el fallo sobre el tricolor, que en disconformidad con el juez habìa protestado por perjudicarlo ante San Nicolás. Sanciones para el femenino y el resto del semillero masculino.

 

Fue día de novedades en LCF: el Tribunal de Disciplina dio a conocer las sanciones para Medea por aquella sentada a los 32 minutos de juego en el partido con San Nicolás, el que perdìa 1 a 0, por considerar que el juez Villablanca lo estab perjudicando.

Detalle de todas las sanciones, incluidas el femenino y el resto del semillero.

 

JUGADORES Y CUERPO TECNICO SUSPENDIDOS DE RESERVA DIVISION «B» – TORNEO OFICIAL/2025 –
Unión Florida: BERNABEI, Joaquin Alexis 1P ART. 208 .- ROLDAN, Alvaro Alair 1P ART. 208 .-
Independiente (V. C. P.): DIAZ, Luis Fabian 1P ART. 208 .- GIMENEZ, Facundo Yuthiel 1P ART. 208 .-
JUGADORES Y CUERPO TECNICO SUSPENDIDOS DE DIVISION FEMENINO – TORNEO OFICIAL/2025 –
Racing: PAZ, Giuliana Solange 15 MESES ART 183.-
ALL BOYS: JUAREZ, Jesica Maria Florencia 1P ART 207 .-
General Paz Juniors: GONZALEZ, Ariana Tatiana Kalena 1P Art. 208 .-
Las Palmas: MACHADO, Camila Aylen 1P ART 207 .- DT AGUILERA, Tomas 2P ART 186 Y 260.- AC FERNANDEZ, Luis 1P ART 207.-
San Lorenzo: DT GOMEZ, Eduardo 1P ART 186 Y 260.- GALARZA, Egle Sasha Delfina 1P ART 186 .- NUÑEZ, Mariel Gabriela 1P ART 186 .- RODRIGUEZ
ALBERTONI, Aldana Del Lujan 3P ART 201 B 2 .-
Villa Siburu Central: GOMEZ, Maria Laura 1P ART 207 .-

JUGADORES Y CUERPO TECNICO SUSPENDIDOS DE CUARTA DIVISION
Deportivo Lasallano: SZUMIK, Felipe 1P ART 207 .-
CAMIONEROS: BAQUINA, Maycol Valentin 1P ART 207 .-
JUGADORES Y CUERPO TECNICO SUSPENDIDOS DE QUINTA DIVISION
Lobos del Sur: DT ALBORNOZ, Fernando 1P ART 186 Y 260.-
Huracán: CASTRO, Lisandro David 1P ART 207 .- MARTINEZ ARGUELLO, Mateo 1P ART 207 .-
Deportivo Norte – Alta Gracia: OCHELLO, Bautista Leandro 1P ART 207 .-
Independiente (V. C. P.): VILLAFAÑE, Rodrigo 6P ART 207 Y 185 .-
ATL. LOBOS DEL SUR: ALMADA, Agustin Natanael 1P ART 207 .-
CAFAR: MINGORANZE CASAS, Rodrigo Joaquin 1P ART 207, 186 Y 154 .-
JUGADORES Y CUERPO TECNICO SUSPENDIDOS DE SEXTA DIVISION
CAFAR: SC ACOSTA SUAREZ, Leandro 15P ART 184, 186 Y 260.- LEGUIZAMON, Axel Ignacio 12P ART 184 Y 186.-
ALL BOYS: GOMEZ SANCHES, Esteban Elias 1P ART 207 .- MALDONADO, Gonzalo Augusto 1P ART 207 .-
Unión Florida: BRITEZ MONJE, Jeremias 1P ART 287 INC 5 Y 154 .- GOMEZ GORDILLO, Alejo Uriel 1P ART 207 .- SAMPIETRO, Nicolas Alejandro 1P ART
204 Y 154 .-
Independiente (V. C. P.): MIRANDA, Nicolas 6P ART 185 .- OLEA, Matias Benjamin 1P ART 207 .-
JUGADORES Y CUERPO TECNICO SUSPENDIDOS DE SEPTIMA DIVISION
ALL BOYS: FREDES, Lucas Lionel 6P ART 207 Y 185 .- GONZALEZ OLMOS, Joaquin Santino 6P ART 200 A 1 .-
Belgrano: PEREZ, Lucio 1P ART 207 .-
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TRIBUNAL DE
DISCIPLINA DEPORTIVA
San Lorenzo: AGUIRRE CASTAÑARES, Brian Nahuel 6P ART 201 A .-
Talleres: CARDOZO, Rodrigo Oscar 1P ART 207 .-
Almirante Brown – Malagueño: SANCHEZ ARIAS, Tiziano Valentin 1P ART 207 .-
A.M.S.U.R.R.B.A.C.: MORENO, Ramiro Matias 6P ART 200 A 1 .-
JUGADORES Y CUERPO TECNICO SUSPENDIDOS DE OCTAVA DIVISION
San Lorenzo: CORDOBA, Dylan Agustin 6P ART 200 A 2 .-
Unión San Vicente: AVILA, Santino Alexander 6P ART 200 A 1 .-
Avellaneda: MARQUEZ SANDOBAL, Santino Daniel 1P ART 207 .-
JUGADORES Y CUERPO TECNICO SUSPENDIDOS DE NOVENA DIVISION
Belgrano: GUTIERREZ, Catriel Bruno Edgar 1P ART 207 Y 154 .-
General Paz Juniors: PF FANFAN, Daniel 1P ART 186 Y 260.- JALIL GODOY, Santino 1P ART 186 Y 154 .- LEYRIA, Ivo Jonathan Gaspar 6P ART 200 A 3 .-
Unión San Vicente: QUEVEDO MONTOYA, Ciro Uriel 1P ART 186 Y 154 .-
JUGADORES Y CUERPO TECNICO SUSPENDIDOS DE DECIMA DIVISION
Villa Siburu: DT CUELLO, Isaias 2P ART 186 Y 260.-
JUGADORES Y CUERPO TECNICO SUSPENDIDOS DE DIVISION CEBOLLITAS
Crecer: DT CHAVEZ, Sergio 2P ART 186.-
2°) ENCUENTRO DE PRIMERA DIVISION “B” – FECHA/DIA 01.11.2025 – C. AVELLANEDA VS C. DEP. BANFIELD
Se corre vista del informe arbitral al club Avellaneda.-
3°) ENCUENTRO DE DIVISION FEMENINO – FECHA/DIA 01.11.2025 – C. LAS PALMAS VS C. GRAL. PAZ JUNIORS
Se corre vista del informe arbitral al club Las Palmas.
4°) ENCUENTRO DE DIVISION CEBOLLITAS – FECHA/DIA 01.11.2025 – C. VILLA SIBURU VS C. INDEPENDIENTE
Dar por perdido el partido al club Independiente, registrándose el siguiente resultado C. Villa Siburu 1 (uno) – C. Independiente 0 (cero). Artículos 106, 109 y
154.-
5°) ENCUENTRO DE DIVISION CEBOLLITAS – FECHA/DIA 01.11.2025 – C. JUV. B° COMERCIAL VS C. CALERA CENTRAL
Remitir al comité ejecutivo para su reprogramación. –
6°) ENCUENTRO DE DIVISION CEBOLLITAS – FECHA/DIA 20.09.2025 – C. VILLA SIBURU VS C. EL CARMEN
Se toma nota.-
7°) ENCUENTRO DE CUARTA DIVISION – FECHA/DIA 02.11.2025 – C. UNION SAN VICENTE VS C. BARRIO PARQUE
Dar por perdido el partido al club Union San Vicente, registrándose el siguiente resultado C. Union San Vicente 0 (cero) – C. B° Parque 1 (uno). Artículos 106
inc m y 152.-
8°) ENCUENTRO DE QUINTA DIVISION– FECHA/DIA 02.10.2025 – C. MARTIN FERREYRA VS C. DEP. ALBERDI
Se toma nota.-
9°) ENCUENTRO DE DECIMA DIVISION– FECHA/DIA 02.10.2025 – C. LA UNION DE MALVINAS VS C. MEDEA
Se toma nota.-
10°) ENCUENTRO DE DECIMA SEGUNDA DIVISION – FECHA/DIA 02.11.2025 – C. DEP. NORTE VS C. QUILMES
Dar por perdido el partido al club Quilmes, registrándose el siguiente resultado C. Dep. Norte 1 (uno) – C. Quilmes 0 (cero). Artículos 106 inc. E, 109 y 152.-
11°) ENCUENTRO DE DECIMA SEGUNDA DIVISION – FECHA/DIA 02.11.2025 – C. DEP. BANFIELD VS C. AVELLANEDA
Dar por perdido el partido al club Avellaneda, registrándose el siguiente resultado C. Dep. Banfield 1 (uno) – C. Avellaneda 0 (cero). Artículos 109 y 152.-
12°) ENCUENTRO DE PRIMERA DIVISION “B” – FECHA/DIA 26.07.2025 – C. UNION FLORIDA VS C. JUV. B° COMERCIAL
Aplicar al jugador Valverdi Peralta Juan del club Juv. B° Comercial una sanción de 18 (dieciocho) meses de suspensión. Elevar recomendación al sancionado
que, una vez cumplida la pena impuesta, si el sancionado reitera similar actitud la sanción a imponer será de otro tenor.
13°) ENCUENTRO DE SEXTA DIVISION – FECHA/DIA 21.09.2025 – C. CALERA CENTRAL VS C. CAMIONEROS
Se resuelve:
1. Dar por finalizado el partido con el resultado final de 3 (tres) goles para el club Calera Central y 3 (tres) goles para el club Camioneros.
2. Sancionar con pena de multa de 2 (dos) fechas de 50 (cincuenta) valor entadas reales al club Camioneros de conformidad a lo establecido en el art. 80 inc. c
del R.T.P..
3.Clausura de cancha limitada al club Camioneros por una fecha estrictamente para la 6ta. División del club cuando dispute el encuentro de local, de
conformidad a lo establecido en el art. 81 del R.T.P.-
14°) ENCUENTRO DE PRIMERA DIVISION “A” – FECHA/DIA 04.10.2025 – C. UNIVERSITARIO VS C. UNION SAN VICENTE
Se impone al jugador Campos Gonzalo, perteneciente al club Union San Vicente, una sanción de 6 (seis) partidos de suspensión. Artículo 185 del R.T.P.-
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TRIBUNAL DE
DISCIPLINA DEPORTIVA
15°) ENCUENTRO DE DIVISION CEBOLLITAS – FECHA/DIA 04.10.2025 – C. AVELLANEDA VS C. VILLA SIBURU
Aplicar una sanción de un año de suspensión al sr. Alexis Pimentel (perteneciente a la subcomisión del club Villa Siburu) como profesor a cargo del equipo de
cebollitas del club Villa Siburu. Artículos 212 y 260. Imponer al club Villa Siburu una multa equivalente al valor de 300 (trescientas) entradas de este torneo.
Artículo 11 del reglamento de cebollitas 2025.-
16°) ENCUENTRO DE SEXTA DIVISION – FECHA/DIA 12.10.2025 – C. QUILMES VS C. CAFAR
Aplicar una sanción de 15 (quince) partidos de suspensión al sr. Leandro Mariano Acosta director técnico del club Cafar. Artículo 184, 186 y 260.
Aplicar una sanción de 12 (doce) partidos de suspensión al sr. Axel Ignacio Leguizamon jugador del club. Artículos 184 y 186.
Dese a conocer y archívese.-
17°) ENCUENTRO DE DIVISION FEMENINO – FECHA/DIA 15.10.2025 – C. ALL BOYS VS C. RACING
Se le aplica una suspensión de 15 (quince) meses de suspensión a la jugadora Paz Giuliana Solange perteneciente al club Racing. Artículos 183.-
18°) ENCUENTRO DE NOVENA DIVISION – FECHA/DIA 23.10.2025 – C. DEF. CENTRAL CORDOBA VS C. VALORES
Remitir al comité ejecutivo el presente informe para la continuidad del trámite.-
19°) ENCUENTRO DE PRIMERA DIVISION “B” – FECHA/DIA 11.10.2025 – C. SAN NICOLAS VS C. MEDEA
Y Visto: El informe del árbitro Sr. Marcos Villablanca que informa que en el minuto 38, los jugadores del Club Medea en su totalidad (incluidos los suplentes y el DT.) decidieron sentarse dentro del terreno de juego por lo cual debió suspender el encuentro. Que corrida vista del informe arbitral el Club Medea la evacua y se incorpora en el presente expediente, reconociendo que se sentaron en el campo de juego, primero reconoce expresamente que fue en protesta de las decisiones del Sr. Arbitro Sr. Villablanca (textualmente dice: “solo se sentaron por un lapso escaso de tiempo en el campo de juego como protesta a lo realizado por Villablanca tras sendas expulsiones arbitrarias de jugadores”, (esa sola manifestación exime a este Tribunal de otras consideraciones)
pero aceptando el debido derecho de defensa receptamos que también manifiesta el Club Medea “pero con el fin de continuar con el desarrollo del partido.” Extremo sobre el cual no aporto prueba alguna. Se procedió a tomar declaración al Señor Arbitro quien ratifico el informe y agrego que conmino al equipo del Club Medea a que continúe con el encuentro. Que también se encuentra incorporado al expediente nota elevada por el Secretario de la Liga en donde se informa de expresiones públicas realizadas en la página oficial del Club Medea y de la expulsión de la Liga Cordobesa de Futbol del Delegado del Club Medea por razones expuestas en la resolución que se acompaña. En este estado queda el presente expediente en condiciones de ser resuelto.
Y Considerando: Que ha quedado debidamente reconocido por las partes intervinientes (arbitro y Club Medea) que los jugadores del Club Medea en el minuto 38 procedieron a sentarse en el campo de juego, en su totalidad, incluidos los suplentes con la sola excepción del número 8 que había sido expulsado. Que el
decisorio radica en considerar lo informado por el Arbitro que comunica que los llamo a seguir con el encuentro, que pasaron cinco minutos y que no prosiguieron con el encuentro, en contraposición de lo manifestado por el Club Medea de que se sentaron EN SEÑAL DE PROTESTA POR LAS DECISIONES
ARBITRALES, pero tenían intención de continuar con el encuentro. En tal sentido debemos manifestar que el informe del señor Arbitro es iure tantum, es decir admite prueba en contrario, que abierto el presente expediente se otorgó al Club Medea la posibilidad de desvirtuar el informe arbitral atento su manifestación
disidente, que ejercido el derecho de defensa por el Club Medea el mismo no aporta prueba alguna que desvirtué las afirmaciones del Señor Arbitro, muy por el contrario el Señor Arbitro ratifica ante el Tribunal su informe e informa al Tribunal en audiencia donde presta declaración que agoto las instancias para proseguir
el encuentro lo que no logro. Que reconocido expresamente la conducta por el propio Club Medea que la totalidad del plantel con excepción del expulsado se SENTO EN SEÑAL DE PROTESTA POR LAS DECISIONES ARBITRALES EXIME A ESTE TRIBUNAL DE MAYORES CONSIDERACION. Que ademas la
Secretaria de la Liga Cordobesa de Futbol acompaña copia de captura de pantalla en donde se observa que el Club Medea no ha rechazado la actitud de sus jugadores lo cual indica un principio de aceptación con dicha actitud. Que la conducta desplegada por los jugadores del Club Medea y del Club Medea se
encuentra contemplada en los artículos 75, 190 y 287 del Reglamento de Transgresiones y Penas. Estando el Club Medea suspendido provisoriamente por el Comité ejecutivo consideramos justo establecer una pena de tres fechas de suspensión con pérdida de los encuentros suspendidos debiéndose anotar el resultado Club Medea 0 (cero) –Club Rival 1 (uno). Ratificar las sanciones aplicadas oportunamente por este Tribunal durante el desarrollo del presente expediente y sancionar en forma conjunta y acumulativa por haber realizado la conducta descripta en el artículo 190 del R.T.y P. con una suspensión de cuatro fechas para los jugadores participantes y de ocho fechas al Director Técnico del Club Medea. En forma conjunta este Tribunal y dentro del marco establecido
por los artículos 75,83, 190, 260 y 287, decide sancionar al Club Medea con una multa igual a valor entrada 300 por seis fechas. Por todo ello
SE RESUELVE: Por todo ello y lo dispuesto por los artículos 32, 33, 75, 83, 190, 260 Y 287 del RTP el Tribunal de Disciplina Deportiva en plenario resuelve:

I. Ratificar las sanciones aplicadas oportunamente por este Tribunal en este expediente al igual que la finalización del partido dispuesta en su oportunidad.

II. Sancionar al Club Medea con la suspensión por tres fechas y dar por perdidos los encuentros que no fueron programados por disposición del Comité Ejecutivo anotando el resultado en los términos del artículo 152 del RTyP. Y sancionar con una multa v.e. 300 por 6 fechas (art. 75,83,190, 260 y 287del RTP). II. Dar por acreditada la conducta descripta en el artículo 190 del R.T.y P. y sancionar a los participantes con cuatro fechas de suspensión a cada uno de los jugadores del Club Medea que a continuación se mencionan: Aguirre Jeremías Miguel Alexander, Alfaro Kevin Tomas, Álvarez Darío Fernando, Calderón Alan Rodrigo,
Giménez Enzo Agustín, Martínez Fernando Mariano, Monsalve Jeremy Maximiliano, Peralta Julio Martin, Rodriguez Emilio Hernán, Sarmiento Santiago Joaquín, Tissera Lucas, Tissera Marcos Jesus, Valdez Franco Emiliano, Vázquez Joaquín Ignacio, Vega Juan Cruz . Por la misma razón sancionar al Sr. Chazarreta Héctor Alberto director técnico del club Medea con la suspensión de 8 partidos (arts.260 y 190 RTP). Notifíquese, Publíquese y Archívese.
20°) PEDIDO DE RECONSIDERACION – CLUB CRECER – JUGADOR PERALTA BENJAMIN
Se cita al jugador Peralta Benjamin para el próximo martes 11 de Noviembre a las 20 hs.-
21°) PEDIDO DE RECONSIDERACION – CLUB LOS ANDES – JUGADOR RODRIGUEZ THIAGO
No hacer lugar a la reconsideración presentada en los términos del artículo 40 del R.T.P.-

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