Lucas Ledesma fue suspendido de todas sus funciones al frente de club invitado. La resolución.
La Liga Cordobesa de Fútbol impuso una sanción de seis meses para el presidente de la Liga Cordobesa de Fútbol Lucas Ledesma por un incidente ocurrido en la sede de 9 de Julio 660.
Acá el comunicado y la resolución:
“El informe elevado a este Comité Ejecutivo en el que se consigna que el día jueves 20 de marzo se produjo un incidente en la puerta de la sede de esta Liga, oportunidad en que el presidente del Quilmes
Atlético Club, Sr. Lucas Ledesma, intentó hacer ingresar un importante número de jugadores sin turno y
cuando la persona encargada de la puerta le negó el acceso con causa justificada, montó en cólera y le
faltó el respeto a la misma.
Y considerando: Que el Quilmes Atlético Club es una institución que participa como “invitada” y en
calidad de tal se comprometió, por escrito, a “respetar los reglamentos vigentes de la institución
(Estatuto, Reglamento General, Reglamento de Transgresiones y Penas, Reglamentos de los Torneos,
Reglamento de Transferencias Interligas, Reglamento del Consejo Federal del Fútbol), como así también
las disposiciones emanadas de los organismos de gobierno y administración de la Liga (Comité Ejecutivo,
Mesa Ejecutivo, Tribunal de Disciplina Deportiva, Tribunal de Cuentas, Tesorería, etc.)”.
Que, por lo demás, resulta inadmisible que cualquier dirigente de cualquier club injurie
o agravie a representantes de la Liga Cordobesa de Fútbol, actitud reprimida en el Reglamento de
Transgresiones y Penas del Consejo Federal del Fútbol con pena de un mes a cinco años de suspensión.
Que atento a lo expuesto, se debe aplicar una sanción de seis meses de suspensión al
Sr. Lucas Ledesma, presidente del Quilmes Atlético Club.
Asimismo, deberá realizar el curso previsto en la Ley Micaela, por tratarse de una
mujer la persona agredida. Atento a lo informado, el Comité Ejecutivo de la Liga Cordobesa de Fútbol”.
Resuelve
1- APLICAR al presidente del Quilmes Atlético Club, Sr. Lucas Ledesma, una sanción de seis meses
de suspensión, con los alcances previstos en el art. 253 del Reglamento de Transgresiones y Penas vigente (“EFECTO DE LA SUSPENSION A DIRIGENTE – La suspensión impuesta a dirigente de club implica la
inhabilitación para ejercer en la Liga o en sus clubs afiliados cualquier clase de actividad directriz y todo
cargo, tarea o función que esté relacionada con asuntos referentes al fútbol.- La inhabilitación es total. El
dirigente así sancionado no podrá por ningún concepto, título o carácter, en lo que se refiere a las distintas
actividades del club vinculadas al fútbol, representar ni asistir a reuniones de su Comisión Directiva ni a
otras reuniones en las que se traten temas relacionados con la actividad de fútbol en cualquiera de sus
aspectos (deportivo, económico, social, financiero, etc.).- La violación a lo dispuesto en este artículo será
sancionada con suspensión de uno a cinco años o expulsión de la Liga”).
2- PARA reintegrarse a sus funciones, el Sr. Ledesma deberá presentar la documentación que
certifique la realización del curso previsto en la Ley Micaela.
3- COMUNÍQUESE, publíquese y archívese.


